2416-1900   1516 Buscar

Dirección de Verificación de Identidad y Apoyo Social

ASESORÍA LEGAL, CONTÁCTENOS

Acuerdo de Directorio Número 80-2016
“Reglamento de organización y funciones del Registro Nacional de las Personas” 

Divider text here
Artículo 41. Dirección de Verificación de Identidad y Apoyo Social.
Divider text here

Es la dependencia encargada de conocer y resolver los problemas de todas aquellas personas naturales que, por alguna razón, el Registro Central de las Personas le deniegue la solicitud de inscripción, debiendo para el efecto hacer las investigaciones pertinentes, colaborando con la persona interesada para que se efectúe la inscripción solicitada.Son funciones de la Dirección de Verificación de Identidad y Apoyo Social:

a) Ser el órgano consultor y asesor de usuarios del Registro Nacional de las Personas, en los casos que el Registro Central de las Personas deniegue la solicitud de inscripción de uno o varios eventos registrales;

b) Establecer mecanismos de verificación de identidad para resolver los casos en que el Registro Central de las Personas, por alguna razón previamente fundamentada, deniegue uno o varias inscripciones registrales o la emisión del Documento Personal de Identificación;

c) Gestionar los expedientes de jurisdicción voluntaria, proporcionar asesoría jurídica gratuita, así como el acompañamiento en las gestiones administrativas llevadas a cabo por el Registro Nacional de las Personas, a los usuarios que lo soliciten, cuando se trate de casos de jurisdicción voluntaria o inscripciones registrales denegadas por el Registro Central de las Personas;

d) Faccionar actas administrativa, así como declaraciones juradas notariales a solicitud de los usuarios del Registro Nacional de las Personas, para establecer con base en ello, los datos de identificación de una persona;

e) Formular las propuestas de capacitación pertinentes desde su ámbito de competencia, a incluirse en el Plan Anual de Capacitación a fin de fortalecer las capacidades internas de la institución; y,

f) Otras que por la naturaleza de la función de Verificación de Identidad y Apoyo Social sean necesarias atender de conformidad con instrucciones de las autoridades superiores. 

Artículo 42.
Departamento de Verificación de Identidad
Divider text here
Es la dependencia encargada de conocer y realizar la investigación administrativa pertinente para comprobar la identidad de las personas naturales a quienes el Registro Central de las Personas les hubiese denegado la inscripción registral o la emisión del Documento Personal de Identificación –DPI-, por existir conflicto en la titularidad de la inscripción registral.
Artículo 43.
Departamento de Notariado
Divider text here
Es la dependencia encargada de asesorar y gestionar las acciones necesarias con el fin de comprobar la verdad en relación a la identificación de una persona, cuando se trate de un caso de jurisdicción voluntaria y éste no se pueda resolver en la vía administrativa; asimismo, ejercer la función notarial en los casos de apoyo social que se requieran.