En el artículo 4 de la Ley del Registro Nacional de las Personas quedó establecido que el Código Único de Identificación –CUI- se le asignará a todas las personas desde la inscripción de su nacimiento y permanecerá invariable hasta su muerte.

El CUI está compuesto por 13 dígitos, los últimos cuatro corresponden a dos dígitos de identificación del departamento de su nacimiento y dos dígitos de identificación del municipio de su nacimiento.

En el artículo 61 de la ley en mención, se establece que desde el 1 de enero del año 2017, el CUI sustituye los números que están en los registros públicos de todos los sistemas de identificación.

Ahora, el número de licencia, pasaporte, afiliación del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social –IGSS-, Número de Identificación Tributaria –NIT- y carné de estudiante de la Universidad de San Carlos de Guatemala, manejan la unificación y se sabe que alrededor de 78 instituciones realizaron en tiempo los cambios de registros públicos en los sistemas.

La asignación de este número es automática y gratuita, aparece impresa en los certificados de nacimiento y al llegar a la mayoría de edad, el ciudadano lo tiene impreso en su Documento Personal de Identificación –DPI-.

No es el número de DPI, en realidad es el Código Único de Identificación –CUI- y tanto la sociedad como el Estado, identificarán a los ciudadanos con este número para todos los trámites. ¿Ya se lo sabe?

 

Por Catherin García.