Los guatemaltecos que acuden al Registro Nacional de las Personas (Renap) a tramitar por primera vez su Documento Personal de Identificación (DPI), también puede optar autorizar el empadronamiento automatizado, proceso que queda posteriormente a cargo del Tribunal Supremo Electoral (TSE).

Cuando el operador registral en cualquier oficina del Renap toma los datos de las personas, también les pregunta si autoriza al Renap trasladar su información al TSE para que dicha institución gestione su empadronamiento.

Además, consulta si desea que su dirección de residencia sea la misma para que el TSE le asigne su residencia electoral.

Cuando el ciudadano autoriza el envío de la información al TSE, recibe una guía informativa de dicha instancia electoral que explica el proceso para obtener su constancia de empadronamiento.

Al estar el DPI en estado válido, el Renap tendrá disponible la información para que un delegado del TSE la consulte a través de un servicio web y pueda proceder al empadronamiento del ciudadano a través del sistema informático del TSE, Geo Empadronamiento.

Posteriormente verifica en el sistema informático del TSE la información biográfica y biométrica del ciudadano con la imagen de la fotografía, huella dactilar y firma. También constata la dirección de referencia y la registrada en el TSE para consignar la dirección electoral.

Finalmente genera una constancia de empadronamiento, la que firma electrónicamente, la que el sistema Geo Empadronamiento remite de forma automática al portal web del TSE y también notifica al correo registrado por el usuario.

El ciudadano puede obtener su constancia de empadronamiento así:

- Ingresar con su usuario al portal web TSE y descargarla
- Solicitar personalmente a cualquier delegación o subdelegación del TSE.