En el artículo 63 del Decreto 90-2005 Ley del RENAP, quedó establecida la vigencia del Documento Personal de Identificación -DPI- en 10 años, toda vez si titular no produzca modificaciones en su estado o capacidad civil, o realice cambios de nombre. Una vez transcurrido ese plazo, el -DPI- vencerá y caduca para todo efecto legal.
Muchos se preguntan, ¿por qué 10 años? Y esto lo han respondido los expertos en biometría tras realizar estudios técnicos y científicos de los cambios en rasgos físicos de las personas. Por eso seguramente ha notado que con el paso del tiempo, sus ojos se van achinando, la nariz le creció o cambió de forma y quizás hasta tenga algunas arrugas. Esto hace necesario que renueve la fotografía y huellas dactilares ante el Registro Nacional de las Personas -RENAP- y cambiar su documento de identificación.
También la normativa de RENAP establece que si un guatemalteco solicita la renovación del -DPI-, este tendrá la misma vigencia de 10 años con la excepción de personas mayores de 70 años, para quienes la vigencia será indefinida, salvo casos establecidos por la ley.
A partir de mayo de este año vencen los primeros Documentos Personales de Identificación -DPI-, que fueron emitidos en el año 2009. Al final del año caducan 387 mil 715 documentos, de la siguiente manera:
MES |
CANTIDAD |
Mayo |
95 |
Junio |
1,082 |
Julio |
16,021 |
Agosto |
20,464 |
Septiembre |
61,978 |
Octubre |
93,624 |
Noviembre |
91,337 |
Diciembre |
103,114 |
Total: |
387,715 |
Fuente: Dirección de Informática y Estadística RENAP.
Por eso, es recomendable que verifique en el reverso de su -DPI- la fecha de vencimiento. Si caduca, puede acercarse a la oficina de -RENAP- más cercana y realizar la gestión de renovación para tener actualizado su documento y guardar sus nuevos rasgos físicos y huellas dactilares, pues esto le dará certeza jurídica como ciudadano.
Por Fabián Galindo.