Testimonio de la escritura pública, en original y duplicado, en la cual deben constar los datos registrales de la inscripción en la que se requiere hacer la anotación.
Nota
De conformidad con el Artículo 16 del Acuerdo de Directorio Número 104-2015 del Registro Nacional de las Personas y sus Reformas, Reglamento de Inscripciones del Registro Civil de las Personas, en todas las inscripciones y anotaciones que sean solicitadas deberá presentarse:
Formulario proporcionado por el Registro Nacional de las Personas -RENAP-, en los casos de existir, según el tipo de inscripción o anotación.
Comprobante de pago por concepto de inscripción extemporánea, cuando corresponda.