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Inscripción de adopción por trámite iniciado antes de la vigencia del Decreto Número 77-2007 del Congreso de la República de Guatemala

Requisitos

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  1. Testimonio de la escritura pública por medio de la cual se formalizó la adopción, en original y duplicado; 
  2. Dictamen emitido por la Procuraduría General de la Nación -PGN-, en original y fotocopia; 
  3. Fotocopia del formulario, con sello de recibido, del Consejo Nacional de Adopciones -CNA-; 
  4. Fotocopia de los documentos de identificación de adoptantes y/o adoptante y adoptado; 
  5. Fotocopia completa del expediente original, debidamente foliada y legalizada; la razón de la auténtica debe identificar los documentos que se legalizan, consignando fecha, lugar y entidad que expide el documento.

Nota

De conformidad con el Artículo 16 del Acuerdo de Directorio Número 104-2015 del Registro Nacional de las Personas y sus Reformas, Reglamento de Inscripciones del Registro Civil de las Personas, en todas las inscripciones y anotaciones que sean solicitadas deberá presentarse: 

  1. Formulario proporcionado por el Registro Nacional de las Personas -RENAP-, en los casos de existir, según el tipo de inscripción o anotación. 
  2. Comprobante de pago por concepto de inscripción extemporánea, cuando corresponda.