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Inscripción de reconocimiento judicial

Requisitos

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  1. Certificación de la resolución judicial, en la cual deberá individualizarse al padre y/o madre mediante el documento de identificación que corresponda y al reconocido a través del Código Único de Identificación -CUI-, o bien con datos registrales de inscripción de nacimiento; 
  2. Documento Personal de Identificación -DPI- del padre y/o madre que solicita la inscripción.
Nota
De conformidad con el Artículo 16 del Acuerdo de Directorio Número 104-2015 del Registro Nacional de las Personas y sus Reformas, Reglamento de Inscripciones del Registro Civil de las Personas, en todas las inscripciones y anotaciones que sean solicitadas deberá presentarse

  1. Formulario proporcionado por el Registro Nacional de las Personas -RENAP-, en los casos de existir, según el tipo de inscripción o anotación. 
  2. Comprobante de pago por concepto de inscripción extemporánea, cuando corresponda.