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Anotaciones en la inscripción de nacimiento - Guarda

Requisitos

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  1. Certificación de la resolución judicial; 
  2. Certificación del acta de discernimiento del cargo, cuando corresponda.
La remoción o suspensión de estos cargos y la aprobación de las cuentas finales, se anotarán en la inscripción de nacimiento en la que se anotó el discernimiento del cargo.
Nota
De conformidad con el Artículo 16 del Acuerdo de Directorio Número 104-2015 del Registro Nacional de las Personas y sus Reformas, Reglamento de Inscripciones del Registro Civil de las Personas, en todas las inscripciones y anotaciones que sean solicitadas deberá presentarse: 

  1. Formulario proporcionado por el Registro Nacional de las Personas -RENAP-, en los casos de existir, según el tipo de inscripción o anotación. 
  2. Comprobante de pago por concepto de inscripción extemporánea, cuando corresponda.