- Partida de bautismo;
- Informe de nacimiento;
- Certificado o constancia de estudios en general;
- Constancia de autoridades locales del municipio en donde haya nacido;
5. Cuando no se presente informe de nacimiento, se deberá prestar declaración jurada administrativa por dos (2) personas mayores de edad, ante el Registrador Civil de las Personas, presentando Documento Personal de Identificación -DPI-.
De conformidad con el Artículo 16 del Acuerdo de Directorio Número 104-2015 del Registro Nacional de las Personas y sus Reformas, Reglamento de Inscripciones del Registro Civil de las Personas, en todas las inscripciones y anotaciones que sean solicitadas deberá presentarse:
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